lunes, 2 de marzo de 2009

FALLO JUDICIAL IMPIDIO LA EXPLOTACION DE URANIO

Lo resolvió la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza y afecta una iniciativa de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), que impulsa un proyecto en esa provincia. Los ambientalistas riojanos lo ponen como ejemplo para frenar al organismo en su proyecto de Sanagasta.
Las Asambleas Ciudadanas Riojanas contra el desarrollo minero en la provincia informaron que la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) no puede reabrir la mina de uranio de Sierra Pintada, situada en Mendoza.
Y puso ese fallo judicial como ejemplo y antecedente para impedir que el organismo nacional avance con su proyecto en la región de Sanagasta, aquí en La Rioja, donde verifica yacimientos de uranio para determinar si es conveniente su explotación.
Según se precisó, la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la medida cautelar de no innovar dispuesta por el Juez Federal de Primera Instancia de San Rafael, Héctor Raúl Acosta, que había ordenado a CNEA "abstenerse de iniciar en Sierra Pintada tareas que impliquen explotación productiva" de uranio.
La noticia fue difundida por FUNAM, la Fundación para la defensa del ambiente, una organización con status consultivo en Naciones Unidas (ECOSOC) y miembro de la RENACE (Red Nacional de Acción Ecologista).
La Cámara Federal dispuso esta trascendente medida en el marco de las acciones de amparo "Gómez Carmona Beatriz Lucrecia" y "Arenas Gabriel Francisco y Bitar María Graciela", iniciadas ambas contra la Comisión Nacional de Energía Atómica. El objetivo de ambas acciones es lograr la remediación total de los pasivos ambientales que existen en la mina de Sierra Pintada "en base al cumplimiento de la ley vigente", y la realización de estudios de impacto ambiental "exhaustivos e independientes".
La Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Mendoza (Sala B) está integrada por los magistrados Luis Francisco Miret, Carlos M. Pereyra González y Antonio Alberto Endeiza.
Paulina Martínez, una de las abogadas patrocinantes, sostuvo que el fallo "se inscribe en la más moderna doctrina ambiental" y que el resultado obtenido "muestra la importancia de accionar judicialmente cuando el Estado, en este caso CNEA, pretende hacer una remediación inicial en lugar de tratar la totalidad de los residuos que existen en la mina de uranio de Sierra Pintada".

La remediación parcial planteada por CNEA pretendía tratar menos del 4% de todo el uranio residual almacenado en la mina para poder reiniciar la explotación.
Raul Montenegro, presidente de FUNAM y premio Nóbel Alternativo, quien tuvo a su cargo los aspectos técnicos de las presentaciones, sostuvo que esta decisión judicial "es trascendente por que coloca en primer lugar la necesidad de tratar todos los residuos de la mina, y no la intención de CNEA de reabrir la explotación".
Montenegro indicó que Sierra Pintada "es un cóctel de fuentes contaminantes" y que en el arroyo El Tigre, aguas abajo de la mina, "se encontraron concentraciones de uranio superiores a 75 microgramos por litro, cuando la ley nacional de residuos peligrosos solo permite para agua de irrigación 10 microgramos por litro".
Agregó que este valor "contrasta con el reducido contenido de uranio que tiene el río Diamante, apenas 1 microgramo por litro". El Tigre es uno de los pequeños afluentes del río Diamante, cuya cuenca provee de agua a San Rafael. Raúl Montenegro sostuvo finalmente que CNEA "ha ido dejando en el país numerosas minas de uranio sin tratar" y que ahora "tardíamente pretende tratarlas con un crédito del Banco Mundial que todos deberemos pagar".

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